EVOLUCIÓN
HISTÓRICA DEL DERECHO AMBIENTAL Y ECOLÓGICO
El tratadista Peter H. Sand
distingue las siguientes etapas en la evolución histórica del derecho
ambiental. (1)
- Protección primaria
En esta etapa se
establecen ciertas normas de conducta
que aseguran la sobrevivencia del grupo
y su protección contra el ambiente
hostil, representado inicialmente por causas
naturales y luego por el hombre.
En esta etapa surge la multiplicidad de normas actuales sobre prevención de
riesgos de higiene ambiental, salud pública, accidentes de trabajo y desastres
naturales, así como de ayuda y compensación a quienes los sufren.
Involucra normas
sobre reserva de uso, conservación y administración racional de recursos y control ecológico así como la
respuesta científica a la interdependencia
de los recurso ambientales dentro de los respectivos ecosistemas naturales.
- Control de uso
Surge a medida que el
hombre empieza a manejar la naturaleza constituyendo derechos preferenciales o exclusivos sobre los recursos naturales. En esta etapa se originan las leyes
contemporáneas sobre reservas de dominio o uso de la tierra, el subsuelo, el
agua y el aire.
(1) Legal System
for environment protection: Japan ,
Sweden ,
United States :
a comparative study. Rome: FAO, 1972, P 2.3 (Legislative studies N° 4) citado
por Ramirez, Guillermo, en Legislación Ambiental en los países del convenio
Andrés Bello, Editora Guadalupe Ltda., Bogotá, 1990, nota 24, p.108.
c. Conservación de recursos
En esta etapa, con la explotación
de los recursos naturales se agotan los
no renovables y los renovables degredados irreversiblemente. Se empieza a
normar internacional o regionalmente su manejo racional y se conceden límites máximos y cuotas mínimas. Representa el origen del derecho de los Recursos naturales
que hasta hace aproximadamente 20 años fue considerado la esencia de la
racionalidad ambiental.
d.
Control ecológico
Como resultado de las anteriores
etapas es insuficiente para garantizar la integridad ambiental, surge entonces
esta etapa para buscar subordinar el manejo de todos los recursos naturales a políticos ecológicos y procedimientos
comunes y adaptar a ellos las normas sectoriales.
Guillermo
Cano por su
parte dice que el derecho ambiental nace cuando “se comprende que el entorno
constituye un conjunto cuyos diversos elementos
interaccionan”, lo cual
ocurre a partir de los setenta, originándose la elaboración de principios
científicos y técnicos para el manejo del medio ambiente humano, y su
aplicación al orden físico y social hacen necesario su traslado al jurídico
para su implementación. Añade que este derecho comprende “todos los bienes,
fenómenos y elementos naturales en la medida que influyan en la calidad del
entorno desde el punto de vista del interés humano” y que el objeto es la
defensa de la vida humana, insistiendo en el antropocentrismo que caracteirza
esta corriente. (2)
(2) Ver nota 26 y 27 en RAMIREZ, op.cit., p. 8
Al definirlo de esta
manera queda diferenciado del derecho de
los recursos naturales que los considera desde la perspectiva del
desarrollo económico y social como lo sería la actividad económica sobre
yacimientos mineros mediante las condiciones de explotación amenaza la salud
humana o de organismos necesarios para la vida del hombre, la competencia
caería dentro del derecho ambiental.
En este sentido vemos que el derecho agrario con el que también se diferencia,
estudia, en el ámbito rural, la empresa, la propiedad de la tierra, la
actividad intervencionista del Estado, la reforma agraria y los problemas de
procedimientos de mercado.
La aceleración en el
uso de energía y nuevos materiales en urbanización, consumo y contaminación, ha
alterado peligrosa y probablemente irreversiblemente los sistemas naturales
sobre lo que dependemos para sobrevivir biológicamente. (3)
Para enfrentar el
problema debemos tomar conciencia de que todos
somos protagonistas principales. Si no estamos convencidos de la magnitud o
siquiera del inicio de la crisis, debemos hacer un intento por lo menos de
imaginarla para que convirtamos el paradigma establecido, rompamos y hagamos
desaparecer el modo convencional de hacer las cosas. Manana puede ser tarde.
Aunque nos
encontramos en un área del planeta que ha sufrido menos que otras, también
somos suceptibles de sufrir los rigores de la deforestación, lluvia ácida,
desertización, desaparición de especies animales y vegetales; desechos tóxicos,
nucleares, contaminación del agua y del airea a través de derrames y emisiones
respectivamente,
(3) WARD, BARBARA & DUBOS, Rene. Only one Earth, 1972, citadel en
ANDERSON et al, op. cit. p. 6
sustancias químicas
orgánicas que el hombre sintetiza (tales como los plásticos detergentes y
disolventes sintéticos, aditivos alimenticios, aditivos de combustibles o de
aleaciones y plaguicidas), la destrucción de la capa de ozono, y por otros
efectos derivados de la aplicación de los avances científicos y tecnológicos,
propios del desarrollo integral del hombre.
No sería racional
quedarnos cruzados de brazos. La protección no va a ocurrir sola; requerirá el
apoyo y la involucración activa de todos los ciudadanos, tanto aquellos que
integran la burocracia estatal como los que tenemos la obligación de exigir del
Estado el cumplimiento de las suyas. Los ciudadanos debemos ejercer el control
y la vigilancia de los funcionarios haciéndonos sentir frente a las
transgresiones tanto de particulares como de los propios funcionarios.
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