Derecho Ambiental - Historia


EVOLUCIÓN HISTÓRICA DEL DERECHO AMBIENTAL Y ECOLÓGICO

 

        El tratadista Peter H. Sand distingue las siguientes etapas en la evolución histórica del derecho ambiental. (1)

 

  1. Protección primaria

En esta etapa se establecen ciertas normas de conducta que aseguran la sobrevivencia del grupo y su protección contra el ambiente hostil, representado inicialmente por causas naturales y luego por el hombre. En esta etapa surge la multiplicidad de normas actuales sobre prevención de riesgos de higiene ambiental, salud pública, accidentes de trabajo y desastres naturales, así como de ayuda y compensación a quienes los sufren.

 

Involucra normas sobre reserva de uso, conservación y administración racional de recursos y control ecológico así como la respuesta científica a la interdependencia de los recurso ambientales dentro de los respectivos ecosistemas naturales.

 

  1. Control de uso

Surge a medida que el hombre empieza a manejar la naturaleza constituyendo derechos preferenciales o exclusivos sobre los recursos naturales. En esta etapa se originan las leyes contemporáneas sobre reservas de dominio o uso de la tierra, el subsuelo, el agua y el aire.

 

 

 

(1) Legal System for environment protection: Japan, Sweden, United States: a comparative study. Rome: FAO,  1972, P 2.3 (Legislative studies N° 4) citado por Ramirez, Guillermo, en Legislación Ambiental en los países del convenio Andrés Bello, Editora Guadalupe Ltda., Bogotá, 1990, nota 24, p.108.

c. Conservación de recursos

         En esta etapa, con la explotación de  los recursos naturales se agotan los no renovables y los renovables degredados irreversiblemente. Se empieza a normar internacional o regionalmente su manejo racional y se conceden límites máximos y cuotas mínimas. Representa el origen del derecho de los Recursos naturales que hasta hace aproximadamente 20 años fue considerado la esencia de la racionalidad ambiental.

 

d. Control ecológico

              Como resultado de las anteriores etapas es insuficiente para garantizar la integridad ambiental, surge entonces esta etapa para buscar subordinar el manejo de todos los recursos naturales a políticos ecológicos y procedimientos comunes y adaptar a ellos las normas sectoriales.

 

Guillermo Cano por su parte dice que el derecho ambiental nace cuando “se comprende que el entorno constituye un conjunto cuyos diversos elementos  interaccionan”, lo cual ocurre a partir de los setenta, originándose la elaboración de principios científicos y técnicos para el manejo del medio ambiente humano, y su aplicación al orden físico y social hacen necesario su traslado al jurídico para su implementación. Añade que este derecho comprende “todos los bienes, fenómenos y elementos naturales en la medida que influyan en la calidad del entorno desde el punto de vista del interés humano” y que el objeto es la defensa de la vida humana, insistiendo en el antropocentrismo que caracteirza esta corriente. (2)

 

(2)  Ver nota 26 y 27 en RAMIREZ, op.cit., p. 8

 

 

Al definirlo de esta manera queda diferenciado del derecho de los recursos naturales que  los considera desde la perspectiva del desarrollo económico y social como lo sería la actividad económica sobre yacimientos mineros mediante las condiciones de explotación amenaza la salud humana o de organismos necesarios para la vida del hombre, la competencia caería dentro del derecho ambiental. En este sentido vemos que el derecho agrario con el que también se diferencia, estudia, en el ámbito rural, la empresa, la propiedad de la tierra, la actividad intervencionista del Estado, la reforma agraria y los problemas de procedimientos de mercado.

 

La aceleración en el uso de energía y nuevos materiales en urbanización, consumo y contaminación, ha alterado peligrosa y probablemente irreversiblemente los sistemas naturales sobre lo que dependemos para sobrevivir biológicamente. (3)

 

Para enfrentar el problema debemos tomar conciencia de que todos somos protagonistas principales. Si no estamos convencidos de la magnitud o siquiera del inicio de la crisis, debemos hacer un intento por lo menos de imaginarla para que convirtamos el paradigma establecido, rompamos y hagamos desaparecer el modo convencional de hacer las cosas. Manana puede ser tarde.

 

Aunque nos encontramos en un área del planeta que ha sufrido menos que otras, también somos suceptibles de sufrir los rigores de la deforestación, lluvia ácida, desertización, desaparición de especies animales y vegetales; desechos tóxicos, nucleares, contaminación del agua y del airea a través de derrames y emisiones respectivamente,

 

(3) WARD, BARBARA & DUBOS,  Rene. Only one Earth, 1972, citadel en ANDERSON et al, op. cit. p. 6

sustancias químicas orgánicas que el hombre sintetiza (tales como los plásticos detergentes y disolventes sintéticos, aditivos alimenticios, aditivos de combustibles o de aleaciones y plaguicidas), la destrucción de la capa de ozono, y por otros efectos derivados de la aplicación de los avances científicos y tecnológicos, propios del desarrollo integral del hombre.

 

No sería racional quedarnos cruzados de brazos. La protección no va a ocurrir sola; requerirá el apoyo y la involucración activa de todos los ciudadanos, tanto aquellos que integran la burocracia estatal como los que tenemos la obligación de exigir del Estado el cumplimiento de las suyas. Los ciudadanos debemos ejercer el control y la vigilancia de los funcionarios haciéndonos sentir frente a las transgresiones tanto de particulares como de los propios funcionarios.

 

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